Sanciones
Artículo 26° - Las sanciones recaerán en la inhabilitación del usuario de forma total o parcial para el uso de los servicios en todas las Bibliotecas del Sistema
En caso que posea obras en préstamo, las suspensiones entran en vigencia a partir del momento en que devuelva todo el material en su poder.
Artículo 27° - Los usuarios sancionados podrán solicitar la reconsideración de su situación mediante nota dirigida a la Dirección de la Biblioteca, la que evaluará lo planteado, respondiendo oportunamente.
Artículo 28° - Se consideran motivos de sanción: